CONTENIDO:
-RESUMEN
- NOTAS DE CLASE
- EVIDENCIAS
Resumen
IDENTIDAD, DIVERSIDAD
Y PLURALISMO
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Artículo 1 – La diversidad
cultural, patrimonio común de la humanidad
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La cultura adquiere formas
diversas a través del tiempo y del espacio. Esta diversidad se manifiesta en
la originalidad y la pluralidad de las identidades que caracterizan a los
grupos y las sociedades que componen la humanidad.
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Artículo 2 – De la
diversidad cultural al pluralismo cultural
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El pluralismo cultural
constituye la respuesta política al hecho de la diversidad cultural.
Inseparable de un contexto democrático, el pluralismo cultural es propicio
para los intercambios culturales y el desarrollo de las capacidades creadoras
que alimentan la vida pública.
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Artículo 3 – La diversidad
cultural, factor de desarrollo
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La diversidad cultural amplía las posibilidades de elección
que se brindan
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DIVERSIDAD CULTURAL Y
DERECHOS HUMANOS
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Artículo 4 – Los derechos
humanos, garantes de la diversidad cultural
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La defensa de la diversidad
cultural es un imperativo ético, inseparable del respeto de la dignidad de la
persona humana.
Nadie puede invocar la
diversidad cultural para vulnerar los derechos humanos garantizados por el
derecho internacional, ni para limitar su alcance.
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Artículo 5 – Los derechos
culturales, marco propicio para la diversidad
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Toda persona debe tener la
posibilidad de expresarse, crear y difundir sus obras en la lengua que desee
y en particular en su lengua materna; toda persona tiene derecho a una
educación y una formación de calidad que respeten plenamente su identidad
cultural; toda persona debe tener la posibilidad de participar en la vida
cultural que elija y conformarse a las prácticas de su propia cultura, dentro
de los límites que impone el respeto de los derechos humanos y de las
libertades fundamentales.
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Artículo 6 – Hacia una
diversidad cultural accesible a todos
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Al tiempo que se garantiza la
libre circulación de las ideas mediante la palabra y la imagen, hay que velar
por que todas las culturas puedan expresarse y darse a conocer.
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DIVERSIDAD CULTURAL Y
CREATIVIDAD
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Artículo
7 – El patrimonio cultural, fuente de la creatividad
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El patrimonio, en todas sus
formas, debe ser preservado, realzado y transmitido a las generaciones
futuras como testimonio de la experiencia y de las aspiraciones humanas, a
fin de nutrir la creatividad en toda su diversidad e inspirar un verdadero
diálogo entre las culturas.
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Artículo
8 – Los bienes y servicios culturales, mercancías distintas de las demás
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Se debe prestar particular
atención a la diversidad de la oferta creativa, al justo reconocimiento de
los derechos de los autores y de los artistas, así como al carácter
específico de los bienes y servicios culturales que, por ser portadores de
identidad, de valores y sentido, no deben ser considerados mercancías o
bienes de consumo como los demás.
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Artículo
9 – Las políticas culturales, catalizadoras de la creatividad
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Las políticas culturales, en
tanto que garantizan la libre circulación de las ideas y las obras, deben
crear condiciones propicias para la producción y difusión de bienes y
servicios culturales diversificados.
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DIVERSIDAD CULTURAL Y
SOLIDARIDAD INTERNACIONAL
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Artículo
10 – Reforzar las capacidades de creación y de difusión a escala mundial
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es necesario reforzar la
cooperación y la solidaridad internacionales para que todos los países,
especialmente los países en desarrollo y los países en transición, puedan
crear industrias culturales viables y competitivas en los planos nacional e
internacional.
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Artículo
11 – Forjar relaciones de colaboración entre el sector público, el sector
privado y la sociedad civil.
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Se debe reafirmar la
preeminencia de las políticas públicas, en colaboración con el sector privado
y la sociedad
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Artículo
12 – La función de la UNESCO
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Por su mandato y sus funciones compete a la UNESCO:
a) Promover la integración
b) Constituir un punto de
referencia y foro de concertación entre los Estados
c) Proseguir su acción
normativa y su acción de sensibilización y fortalecimiento de capacidades
d) Facilitar la aplicación del Plan de Acción
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NOTAS DE CLASE
Evidencias fotográficas
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